(+54 11) 4342-1796/7837 info2@aaef.org.ar
Autoridades AAEF en ILADT

Representantes Titulares

Enrique G. Bulit Goñi
Angel Schindel

Representantes Alternos

Miguel A. M. Tesón
Carlos A. Abeledo

 

Institutos Miembros
  1. Argentina
    Asociación Argentina de Estudios Fiscales
    Avda. Julio A. Roca 751, Entrepiso B C1067ABC Buenos Aires – Argentina
    Tel:54 (11) 4342 1796 / 7837 Fax:54 (11) 4345 0218
    Email:info@aaef.org.ar / xilef@aaef.org.ar / teresa@aaef.org.uy  www.aaef.org.ar
  2. Bolivia
    Instituto Boliviano de Estudios Tributarios
    Sopocachi Edif. Ana María P.B. Of. 3 – La Paz – BoliviaTel:591 (2) 279 4551 – 279 4375 Fax:591 (2) 794 537
    Email:jaraujo@araujoforgues.com – ibet@entelnet.bo
  3. Brasil
    Associacâo Brasileira de Direito Financeiro (ABDF)
    Rua da Assambléia, 10 / Sala 1613 20011-901 Rio de Janeiro, RJ – BrasilTel:55 (21) 2531 2988 Fax:55 (21) 2531 2988
    Email:abdf@abdf.com.br  www.abdf.com.br
    Instituto Brasileiro de Estudos Tributários
    Rua Bahia, 1.282- Consoloçao CEP 01244 – 001 – Sao Paulo, S.P.- Brasil
    Tel:55(11) 3665.6445 Fax:55 (11) 3668-6944
    Email:atendimento@ibet.com.br // priscila@ibet.com.br
  4. Chile
    Instituto Chileno de Derecho Tributario
    Américo Vespucio Sur 100, Piso 11 Las Condes Santiago
    Tel:56 (2) 729 5002Email:presidente@ichdt.cl // secretario@ichdt.cl www.ichdt.cl
  5. Colombia
    Instituto Colombiano de Derecho Tributario
    Calle 75 No. 8-29 – Bogotá, D.C. – Colombia
    Tel: 571 3170403 Fax:571 3170436
    Email:direccion.ejecutiva@icdt.org.co  www.icdt.org.co
  6. Costa RicaInstituto Costarricense de Estudios Fiscales (ICEF)
    100 norte, 50 este banco BCT Sabana Nor-oeste San José Costa RicaTel:(506) 2105 3600//2105 3609Email:atorrealba@fayca.com//joreamuno@fayca.com
  7. Ecuador
    Instituto Ecuatoriano de Derecho Tributario
    Universidad Andina Simón Bolívar (Sede Ecuador) Toledo N22-80 y Ladrón de Guevara,
    Univ. Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, Piso 5 – Quito–EcuadorTel:593 (2) 322 8085 ext. 1519 // 299 3600 Fax:593 (2) 322 8426Email:iedt.ecuador@gmail.com www.iedt.org.ec
  8. España
    Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF)
    Calle Claudio Coello, 106-6º Dcha. – 28006 Madrid – España
    Tel:349 (1) 532 5154 Fax:349 (1) 532 3794
    Email:sedecentral@aedaf.es; gabinete.estudios@aedaf.eswww.aedaf.es
    Asociación Española de Derecho Financiero (AEDF)
    Edificio Inter – Calle Rodríguez San Pedro 2, 1a. planta, Oficina 110 – 28015 Madrid – España
    Tel:349 (1) 591 5573 Fax:349 (1) 591 5573Email:aedf-ifa@movistar.es  http://www.aedf-ifa.org
  9. Guatemala
    Instituto Guatemalteco de Derecho Tributario (IGDT)
    5ta. Ave. 15 – 45 ZONA 10, Torre II, Oficina 405, Edificio Centro Empresarial, Ciudad de Guatemala- Guatemala, C.A.
    Tel:(502) 2333 70 45 – (502) 5529 5578Email:yovalaw@hotmail.com // lcordon@igderechotributario.com
  10. Italia
    Associazione Italiana per il Diritto Tributario LatinoamericanoVia Bacigalupo, 4/15 16122 Génova- ItaliaTel:390 (10) 831 88 71 Fax:390 (10) 81 26 56Email:studioge@uckmar.com  www.uckmar.com
  11. Mexico
    Academia Mexicana de Derecho Fiscal, A.C.Prolongación Paseo de la Reforma 115-PH Colonia Paseo de las Lomas Delegación Alvaro Obregón México D.F. C.P. 01330Tel:50040 448Email:academia@amdf.org.mx  www.amdf.org.mx
    Colegio Nacional de Profesores e Investigadores de Derecho Fiscal y Finanzas PúblicasCalle Bach Nº 228 Int. 7, Col. León Moderno, Guanajuato – C.P. 37480 MéxicoFax:52 (477) 770 4513 // 770 2049 // 770 6457Email:taxlawbagio@hotmail.com
  12. Nicaragua
    Instituto Nicaraguense de Derecho Financiero y Tributario (INDEFT)
    ENEL CENTRAL 300Mts., al norte, Plaza Bolívar Nº 8 Managua NicaraguaTel:(+505) 22703307 Cel. Nº (+505) 88114516Email: -reynaldoballadares@gmail.com / rballadares@krestonnicaragua.comhttp://indeft.org
  13. Panamá
    Asociación Panameña de Derecho Financiero y Tributario (APADEFT)
    Avda. Nicanor de Obarrio (Calle 50), Edif. Plaza 2000, P. 4º corregimiento de Bella Vista de la ciudad de Panamé Rep. de Panamá -Apartado Postal 0830-00981, Panamá, República de PanamáTel:(507) 226 – 0565 o (507) 6747 – 9323 // 306 5000  Fax:(507) 306 5005 // 226 3581Email:cvaldes@talial.com – info@apadeft.orgwww.apadeft.org
  14. Paraguay
    Asociación Paraguaya de Estudios Administrativos y Fiscales
    Estrella Nº 692 esquina Juan E. Oleary, Asunción-ParaguayTel:595 (21) 450 619 // 448 436Email:rey@vergara.com.py
  15. Perú
    Instituto Peruano de Derecho Tributario (IPDT)
    Andrés Reyes 165 Letra “F”, San Isidro Lima 27 – Perú
    Tel:51 (1) 422 9965 Fax:51 (1) 442 1793Email:ipdt@ipdt.org // alicia.vergara@ipdt.org // fzuzunaga@zyaabogados.com  www.ipdt.org
    Instituto Peruano de Investigación y Desarrollo Tributario (IPIDET)
    Av. República de Panamá 3570, Of. 1304, San Isidro Lima PerúTel:(511) 421 7698 – (511) 422 6048Email:ipidet@ipidet.org / administracion@ipidet.orgwww.ipidet.org
  16. Portugal
    Associaçao Fiscal Portuguesa
    Rua das Portas de Santo Antao nº 89-3º 1150-266 Lisboa – Portugal
    Fax:351 (21) 213 467 494 // +351 961 327 671Email:afp@afp.ptwww.afp.pt
  17. República Dominicana
    Asociación Tributaria de la República Dominicana (ATRIRD)
    Calle Santiago esq. Pasteur, Plaza Comercial Jardines de Gazcue, Suite Nº 314, Gazcue D.N.Tel:809-685-9171Email:eunice@atrird.com //atrird@hotmail.comwww.atrird.com
  18. Uruguay
    Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios
    Calle 25 de Mayo 713, Unidad 406 – 11004 Montevideo – Uruguay
    Tel:598 (2) 900 5675Email:iuet@adinet.com.uy // iuet001@gmail.comwww.iuet.org.uy
  19. Venezuela
    Asociación Venezolana de Derecho Tributario
    Av. Francisco de Miranda, Multicentro Empresarial del Este, Torre Miranda, Núcleo “A”, Oficina A-26, Chacao, Caracas – VenezuelaTel:58 (212) 264 3309 / 264 5642Fax:58 (212) 264 3309 / 264 5642Email:tributario@avdt.org.ve – administracion@avdt.org.ve – lpalacios@ptck.com.vewww.avdt.org.ve Secretaría GeneralCalle 25 de Mayo 713 Of. 406Montevideo 11004, UruguayTel:598 (2) 900 5675Fax:Email:iladt@iladt.orgwww.iladt.org
Estatutos

INSTITUTO LATINOAMERICANO DE DERECHO TRIBUTARIO
Estatutos

En la ciudad de México, Distrito Federal, siendo las diez horas, cuarenta minutos, del día cuatro de octubre de mil novecientos cincuenta y ocho, y estando reunidas las siguientes personas: Horacio A. García Belsunce, Francisco Martínez, Carlos M. Giuliani Fonrouge, Juan Carlos Sorondo, Jorge Magasich Huerta, Ramón Valdés Costa, Gabriel Giampietro Borrás, Luis Pigurina, Juan Daniel Abal, Evelio Gómez Gómez, Angel de la Torre, Ernesto Flores Zavala, Andrés Serra Rojas, Dolores Heduán Virués, Jorge I. Aguilar, Miguel Valdés Villareal, Roberto Casas Hernández, Joaquín B. Ortega, Carlos Yánez, Alfonso González, Ignacio Varón González, Martín Díaz Montero, Emilio Margain, y Jorge Canseco, se celebró la Tercera Sesión de las Segundas Jornadas de Derecho Tributario Latinoamericano, para tratar las proposiciones presentadas por las Comisiones de: las Leyes Tributarias, de lo Contencioso Administrativo y de Codificación de las Normas de Derecho Tributario.

Discutidas y aprobadas que fueron dichas proposiciones, las personas arriba citadas se constituyeron en asamblea, para acordar la creación del Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario, poniéndose a la consideración de la asamblea el proyecto de Estatutos presentado por los señores: Licenciado Ernesto Flores Zavala, Doctor Horacio A. García Belsunce, Doctor Gabriel Giampietro Borrás, Doctor Evelio Gómez Gómez, y Doctor Jorge Magasich Huerta.
Habiendo sido aprobado por unanimidad de votos los Estatutos en lo general, se pusieron a discusión en lo particular, siendo aprobados sin discusión, con excepción de los artículos 7º, 2º y Transitorios. El artículo 7º, se refiere a la facultad de la Asamblea de poder conferir el derecho de voto a aquellas personas físicas que concurriendo a las sesiones de la Asamblea, pertenezcan a un país que carezca de entidad representativa ante la misma; aprobándose por unanimidad de votos, que dicha facultad fuese discrecional.

Se discutió también el artículo 2º, respecto al plazo de duración del Instituto, que se estableció en 99 años, aclarándose que ello obedecía a que en países como Colombia, existía como plazo máximo de duración de las Asociaciones Civiles el arriba señalado; por lo que se aprobó por unanimidad de votos, que se estableciera dicho lapso.

Se discutieron los artículos transitorios, y en ellos por unanimidad de votos, se autorizó al Presidente del Consejo Directivo para obtener personería jurídica tanto internacional, como local para el Instituto; lo mismo para que para modificar formalmente los Estatutos, cuando fuere necesario para la obtención de dichas personerías jurídicas.
Aprobados que fueron por unanimidad de votos los Estatutos en lo particular, se procedió a constituir el Primer Consejo Directivo, quedando integrado en la siguiente forma: Presidente: Licenciado Ernesto Flores Zavala,delegado de México; Vicepresidente: Doctor Gabriel Giampietro Borrás, delegado de Uruguay; Vocales: Doctor Angel Gómez de la Torre, delegado de Colombia; Doctor Jorge Magasich Huerta, delegado de Chile, y Doctor Rubens Gomes de Souza, delegado de Brasil.

Por último, por unanimidad de votos, se autorizó a los señores: Licenciado Ernesto Flores Zavala, Licenciado Roberto Casas Hernández, Licenciado Joaquín B. Ortega, Licenciado Jorge I. Aguilar y Licenciado Miguel Valdés Villareal, para que a nombre y representación de las personas que integraron la presente asamblea, y en el suyo propio, firmaran el Acta Constitucional del Instituto,sujetándose a las normas y el procedimiento del Derecho Mexicano y con la naturaleza de una Asociación Civil, que se denominará: “INSTITUTO LATINOAMERICANO DE DERECHO TRIBUTARIO”, misma que se regirá por los Estatutos a que se hacen mención en párrafos anteriores. Quedaron también autorizadas las personas mencionadas para firmar las actas notariales y cualquier otro documento que al efecto sea necesario, para legalizar el funcionamiento de dicha Institución, y reconocerle la personalidad jurídica.
Terminada que fue la sesión, y siendo las trece horas cuarenta y cinco minutos, se declararon solemnemente clausuradas las Segundas Jornadas de Derecho Tributario Latinoamericano, levantándose la presente acta para constancia de las mismas, a los cuatro días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y ocho, en la Ciudad de México Distrito Federal.

C. JEFE DE LA OFICINA FEDERAL DE HACIENDA Nº 5

Con fecha de julio de 1960 se otorgó en el protocolo a mi cargo, el instrumento número 46331 que contiene: CONSTITUCION DE ASOCIACION CIVIL cuya denominación será “Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario”, A.C., cuyo objeto será promover al estudio y perfeccionamiento técnico jurídico del Derecho Tributario, propiciar la creación de instituciones científicos especializados en los países latinoamericanos, su duración será de 99 años, y se constituye con permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores, concedido el 8 de marzo de 1960, con el número 3155.
Forman dicha asociación los Sres. Lics. Ernesto Flores Zavala, Miguel Valdés Villareal, Jorge I. Aguilar, Roberto Casas Hernández y Joaquín Baldomero Ortega Echeverría, quienes manifestaron bajo protesta de decir verdad, que están al corriente en el pago del impuesto sobre la renta, sin acreditarlo; son abogados y viven: el Señor Flores Zavala, en la calle de Alejandro Dumas Nº 337, Col. Polanco; el Sr. Valdés Villareal, en la Avenida Revolución Nº 1315, “A”,Villa Obregón, D.F.; El Sr. Aguilar, en las calles de Mitía Nº 232, col. Narvarte; el Sr. Casas Hernández, en las calles de Idaho Nº 7, col. Nápoles; y el Sr Ortega Echeverría en la Av. Country Club Nº 208, col.Churubusco Country Club, en Coyoacán, D.F.
De acuerdo con la fracción XXIV, inciso C), sub inciso a), de la tarifa de la Ley del Timbre, por este instrumento deben pagarse… $ 15.00

 

El Notario Número 17,
Lic. Miguel Angel Gómez Yánez

NUMERO. 36145
El Jefe de la oficina federal de hacienda certifica que hoy fue pagada la suma de $ 15.00 (Quince pesos 00/100), conforme a la anterior liquidación formulada bajo la responsabilidad del Notario que la suscribe.

El Jefe de la Oficina 
Leopoldo Gómez Azuela – G.O. 1266

INSTITUTO LATINOAMERICANO DE DERECHO TRIBUTARIO

ESTATUTOS

Los estatutos del Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario fueron aprobados en la reunión de México (Octubre de 1958) y modificados en las de San Pablo (abril de 1962), Buenos Aires (mayo de 1964), Caracas (Setiembre de 1975), Bogotá (octubre de 1985) y Buenos Aires (setiembre de 1989). El texto que se publica recoge todas las modificaciones aprobadas.

Capítulo I

Nombres y duración

Artículo 1º. Queda constituida una asociación civil de carácter científico con la denominación de INSTITUTO LATINOAMERICANO DE DERECHO TRIBUTARIO.
Artículo 2º. Esta asociación tendrá un plazo de duración de noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.

Capítulo II

Objeto

Artículo 3º. Este Instituto tiene por objeto:

a) Promover el estudio y perfeccionamiento técnico y jurídico del derecho tributario. 
b) Propiciar la creación de instituciones científicas especializadas en los países latinoamericanos.
c) Realizar jornadas científico-jurídicas y mantener contactos permanentes con universidades, centros docentes, institutos y abogados especializados, así como con otras instituciones similares.
d) Organizar una Oficina de información sobre materias relativas al objeto de este instituto reuniendo el material informativo correspondiente y una Biblioteca; así como mantener un órgano publicitario periódico.

Artículo 4º. Los miembros del Instituto son fundadores, activos, honorarios y correspondientes. 
a) Son miembros Fundadores las personas y entidades privadas que participaron en las Primeras y en las Segundas Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario celebradas en Montevideo y en México, respectivamente.

b) Son miembros Activos las entidades privadas de carácter científico y las personas físicas, ambas especializadas en Derecho Tributario.

c) Son miembros Honorarios las personas físicas que por sus relevantes méritos en la materia, la Asamblea les confiera esta distinción.

d) Son miembros Correspondientes las entidades con fines análogos a este Instituto y las personas físicas que sean miembros de las mismas, y que por sus vinculaciones con el Instituto merezcan tal designación. 

Capítulo IV

Autoridades

Artículo 5º. Las autoridades del Instituto son: la Asamblea General, el Consejo Directivo y el Secretario General.

Asamblea

Artículo 6º. La Asamblea se constituirá con los miembros del Instituto que concurran a la misma. Será convocada por el Consejo Directivo en ocasión de la celebración de las Jornadas que realice, y resolverá válidamente por mayoría de votos presentes.
Artículo 7º. Todos los miembros del Instituto tendrán voz en la Asamblea y cada país tendrá derecho a un voto. En caso de que concurran más de una entidad miembro por país el voto corresponderá a aquella que las mismas designen. No existiendo dicho acuerdo la Asamblea acordará el ejercicio del voto, para ese acto, a la entidad que considere más representativa. A ese efecto se tendrá en cuenta la antigüedad, el número de los integrantes, la actuación y las publicaciones efectuadas por cada entidad y por sus asociados y otros elementos de juicio. En el supuesto de que no concurriesen entidades miembros de un país determinado, la Asamblea podrá conferir el ejercicio del voto para el respectivo acto a las personas físicas que pertenecieren a dicho país y concurrieren a la Asamblea. Las decisiones adoptadas por la Asamblea de conformidad con este artículo no serán susceptibles de recurso alguno.

Artículo 8º. Es de competencia de la Asamblea:

a) La aceptación de miembros del Instituto en los términos del artículo 4º y su separación en el caso del artículo 15º, número 1º.

b) Conferir el derecho de voto en los casos establecidos en el artículo 7º.

c) La aprobación de la Memoria y el Balance General del ejercicio vencido.

d) La aprobación del presupuesto y la fijación de las contribuciones, las que regirán hasta nueva decisión.

e) La designación de los miembros del Consejo Directivo, a cuyo efecto considerará las propuestas que hubiere de las respectivas entidades miembros.

f) La designación del Secretario General y del lugar donde ejercerá sus funciones.

g) La aprobación de los Reglamentos.

h) La fijación del lugar y fecha de la Asamblea y Jornadas siguientes.

i) La reforma de estos estatutos y la disolución anticipada del Instituto requiriéndose en ambos casos los 2/3 del total de los miembros con derecho a voto (Art. 7º) 
Artículo 9º. Los dos tercios de los miembros con derecho a voto podrán solicitar la convocatoria de la Asamblea Extraordinaria al Consejo Directivo que deberá convocarla indefectiblemente para realizarla dentro de un término no mayor de cinco meses y no inferior a tres meses de la fecha de la solicitud. 

Consejo Directivo

Artículo 10º. El Consejo Directivo se compone con el número de integrantes que sea necesario para que estén representados en el mismo todos los países donde exista una o más entidades miembros. Estará integrado por personas físicas que deberán ser miembros fundadores o activos y pertenecer a entidades miembros. El mandato de sus integrantes durará hasta la siguiente Asamblea Ordinaria, pudiendo ser reelegidos. La Asamblea designará entre los integrantes las personas que desempeñarán la Presidencia y la Vicepresidencia. Asimismo serán miembros natos del Directorio quienes hayan ejercido los cargos de Presidente y Vicepresidente del Instituto.

En el caso de vacancia por cualquier causa de uno de los miembros del Consejo Directivo, este será sustituido por la persona que designe el mismo Consejo Directivo, a cuyo efecto considerará la propuesta que hubiere de la entidad miembro cuya representación queda vacante. Este régimen no se aplicará en lo que refiere al desempeño de las funciones de Presidente y Vicepresidente.

Artículo 11º. Las atribuciones del Consejo Directivo son: 
a) Dirigir y administrar el Instituto

b) Convocar a la Asamblea de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6º y 9º.

c) Realizar todos los actos necesarios en caso de urgencia, con amplias facultades, ad- referéndum de la primera Asamblea. 
Artículo 12º. El Consejo Directivo sesionará por lo menos en ocasión de reunirse la Asamblea requiriéndose un quórum de la mayoría absoluta de miembros presentes. Su Presidente es el representante oficial del Instituto; en caso de imposibilidad lo sustituirá el Vicepresidente. Cuando no sesione el Consejo Directivo el Presidente asumirá las funciones establecidas en el artículo anterior, sujetas a ratificación del mismo, y pudiendo delegarlas en el Secretario General cuando lo creyere conveniente. 

Secretario General

Artículo 13º. El Secretario General deberá ser una persona física que revista la calidad de miembro fundador o activo. Durará en sus funciones hasta la siguiente Asamblea Ordinaria, pudiendo ser reelegido. Sus atribuciones son: 
a) Ejecutar las decisiones de la Asamblea, del Consejo Directivo y del Presidente.

b) Organizar y coordinar la actividad del Instituto.

c) Encargarse de la gestión financiera, percibiendo los recursos y disponiendo de los mismos para las necesidades del organismo.

d) Asistir a las deliberaciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto. 
Capítulo V

Organos Culturales

Artículo 14º. Los órganos culturales del Instituto son: 
1. Jornadas, que son reuniones periódicas de carácter científico para el estudio y deliberación de un temario prefijado según los reglamentos que dicte la Asamblea. Todos los miembros tienen derecho a participar en las mismas de acuerdo y en las formas establecidas en estos Estatutos y en los reglamentos que se dicten.

2. Oficina de información, que será un órgano que dependerá del Presidente y a cuyo cargo estará la reunión del material informativo correspondiente al objeto del Instituto; teniendo a su cargo las publicaciones, su distribución y demás atribuciones que le fije el Consejo Directivo. 
Capítulo VI

Recursos

Artículo 15º. Los recursos del Instituto son: 
1. Las contribuciones anuales de sus miembros que serán fijadas por la Asamblea (art. 8º); los miembros que no pagaren su cuota anual dentro de los tres meses de habérseles solicitado el pago no podrán participar de las Jornadas ni Asambleas, ni recibir publicaciones u otros servicios del Instituto; pudiendo ser separados por la Asamblea en caso de adeudar dos cuotas anuales.

2. Las contribuciones o donaciones, herencias y legados de instituciones públicas o de particulares.

3. Los ingresos provenientes de las publicaciones de la Oficina de información y los que provengan de los servicios o actividades que de conformidad con sus estatutos realice el Instituto. 
Capítulo VII

Disposiciones Transitorias

1º Queda autorizado el Presidente del Consejo Directivo para que, amparándose en el art. 71 de la Carta del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, obtenga para el Instituto, personería jurídica de carácter internacional; y personerías jurídicas locales, en los Estados miembros.

2º Queda autorizado asimismo para introducir modificaciones de carácter formal indispensables a estos Estatutos, cuando le fuere exigido a los efectos de la obtención de personería jurídica. 
Licenciado Ernesto Flores Zavala, México. Dr. Horacio A. García Belsunce, Argentina. Dr. Gabriel Giampietro Borrás, Uruguay. Dr.Evelio Gómez, Colombia. Dr. Jorge Magasich Huerta, Chile.

El texto primitivo de los estatutos del Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario fue inscripto originariamente en el Registro Público de la Propiedad del Distrito Federal de México, quedando anotado en la Sección Cuarta, libro 18 de Sociedades y Asociaciones Civiles, a fojas 187 bajo el número72, con fecha 20 de abril de 1961.

 

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Reglamento de las Jornadas

Artículo 1º.  Inscripción de delegados: Podrán inscribirse para participar en las Jornadas las personas físicas que sean miembros del Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario o de los institutos afiliados a éste, así como las demás personas que hayan recibido invitación especial a tal fin. La inscripción se realizará en la forma y en los términos que el instituto del país sede establezca para el efecto y que deberá ser notificado a los interesados oportunamente . Los  delegados deberán  presentar las credenciales que acrediten las calidades antes referidas, previo el inicio de las jornadas. En el mismo acto se deberán entregar, debidamente llenada, una ficha en la que consten los datos personales de cada participante y otros que la entidad organizadora requiera, así mismo se deberá entregar a los inscriptos toda la documentación relativa a las Jornadas que deba ser de conocimiento de los mismos.

Artículo 2º. Organización de las delegaciones: Para cumplir con los fines estatutarios y para facilitar la comunicación durante las jornadas, cada delegación concurrente  deberá designar un presidente y un vicepresidente de delegación cuya designación se comunicará al comité organizador con anticipación a la fecha de apertura de las Jornadas, si ello fuere posible; en caso contrario, la designación y comunicación se hará al registrarse las inscripciones. Si por cualquier razón así no se hiciere, la designación la hará el presidente del Instituto.

Artículo 3º. Relatores generales y nacionales: La entidad organizadora de cada Jornada designará un Relator General por cada uno de los temas a tratar. Deberá ser un miembro del  ILADT de reconocida versación en el tema. El Relator General deberá preparar las directivas del tema que se le asigne a efectos de orientar la elaboración y presentación de los informes nacionales: dichas directivas deberán circularse a los institutos miembros, por lo menos un año antes de la fecha prevista para la realización de las Jornadas. El Relator General, en su trabajo, que deberá ser presentado durante el debate del tema en las jornadas, además de sus aportes personales, deberá considerar los informes nacionales y comunicaciones técnicas, que se hayan hecho llegar con antelación debida. La relatoría general , deberá presentarse en los plazos y en la forma que el instituto del país organizador determine y que garantice que la misma  pueda ser impresa y distribuida oportunamente.

Artículo 4º. Presentación de trabajos: Los trabajos científicos deberán ser presentados a las Jornadas, a través de los institutos miembros, cuando ellos estuvieren reconocidos. Deberán ser trabajos originales que versen sobre algunos de los temas de la agenda, de una extensión no menor de 10 páginas, ni mayor de 20, tamaño A4, tipo de letra times new roman 12, interlineado a 1.5 y contendrán las conclusiones que su autor recomienda para que sean adoptadas en las Jornadas. Los Institutos nacionales indicarán el trabajo que deberá ser considerado “Informe Nacional” el que reflejará las opiniones existentes sobre el tema en el respectivo país; los restantes trabajos, hasta un máximo de dos por instituto afiliado, serán considerados como comunicaciones técnicas y deberán versar sobre aspectos complementarios, no reflejados con integridad en el “Informe Nacional”. Cualquier miembro del ILADT podrá presentar una comunicación técnica directamente  al Relator General quien,  podrá tomarlo en consideración en su trabajo si considera que es de valor el objeto del estudio, así como también recomendar al ILADT su publicación. Los trabajos deberán presentarse en los plazo y en la forma que el instituto del país organizador determine y que garantice que la misma puedan ser considerados por el Relator General, impresos y distribuidos oportunamente. Los trabajos que no se presenten en estas condiciones, no serán considerados por el Comité Organizador ni por el Relator General, como tampoco se publicarán.

Los institutos adoptarán como criterio de selección la universalidad de los temas y de su tratamiento. No serán aceptados trabajos que se propongan discutir cuestiones particulares del derecho positivo de un país. La mención de la legislación de un país, sólo podrá ser admitida a título de ejemplo y deberá ser acompañada de explicación didáctica sintética, y que permita a los extranjeros captar su contenido y significado paradigmático.

 

Artículo 5º. Sesiones científicas: Las sesiones donde se considerarán los problemas científicos sobre los temas materia de la convocatoria serán de carácter público, pero sólo tendrán voz las personas que se hubieran inscripto debidamente para participar en las Jornadas. Serán presididas por el Presidente del Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario o por el Miembro del Consejo Directivo del mismo Instituto que aquel designe. Preferentemente, cada uno de los temas de la agenda será tratado en sesiones plenarias distintas y no simultáneas. El Relator General coordinará las exposiciones de los Relatores Nacionales de modo que cada uno, sin realizar una exposición o síntesis de todo su relato, exponga aspectos del mismo que merezcan especial atención en opinión del Relator General, otorgando a cada uno el tiempo que, en consulta con el Presidente o quien éste haya designado, considere apropiado. A tales efectos el Relator General, previo a las jornadas informará a los relatores nacionales la metodología a utilizarse y podrá realizar reuniones previas con ellos a fin de programar la coordinación de las exposiciones. Otro tanto hará el Relator General con los autores de comunicaciones técnicas que considere que merezcan especial atención. El Relator General dispondrá de un tiempo razonable para exponer y fundamentar las conclusiones de su Relato General. Terminadas las exposiciones , de considerarse oportuno, se abrirá el debate, debiendo concederse la palabra a los interesados que se inscriban a tal efecto hasta el inicio de los debates, otorgándoles el Relator General, en consulta con el Presidente o quien éste haya designado, el tiempo que considere apropiado de acuerdo a la cantidad de inscriptos y al tiempo disponible. También podrá el Relator General, en consulta con el Presidente o quien éste haya designado, dar la palabra a los expositores que quieran contestar a quienes hayan hecho uso de la palabra en el debate. Todas las disertaciones serán recogidas por la Secretaría a efectos de su ulterior publicación la cual quedará en todos los casos a cargo del comité organizador de las Jornadas.

 

Artículo 6º. Finalizado el debate funcionará una comisión para cada tema, cuyo  cometido será redactar las conclusiones y recomendaciones sobre cada tema, que serán puestas a consideración de la Asamblea General para su aprobación. Cada comisión estará integrada de  la siguiente manera: dos miembros designados por el Directorio del Instituto que actuarán como Presidente y Secretario, el Relator General, los Relatores Nacionales y los Presidentes de cada delegación o la persona que cada uno designe. Eventualmente el Presidente de la Comisión podrá designar hasta otros dos miembros que hayan tenido actuación relevante en el debate.

Todos los miembros tendrán el derecho a voto en forma nominativa. Las conclusiones deberán ser fundamentadas. Si fueran aprobadas por mayoría de dos tercios de votos presentes en el acto de la votación serán consideradas como Resolución de la Jornada y comunicadas a la sesión plenaria. En caso contrario se formularán informes en mayoría y minoría estando a lo que se resuelva en la sesión plenaria.

Artículo 7º. En la sesión plenaria el Relator General formulará una exposición sobre las conclusiones aprobadas en Comisión. Las que hayan sido aprobadas por la mayoría de votos referida en el artículo 6º, sólo podrán ser objeto de modificaciones de forma o estilo, propuestas por escrito, las que serán consideradas y resueltas privativamente por la Mesa y el Relator General. Si no hubieran sido aprobadas por dicha mayoría las conclusiones serán sometidas a votación nominativa, sin abrir el debate sobre el fondo y la más votada será considerada como Resolución. Tendrán derecho a voto los Relatores, General y Nacionales, los dos comunicantes oficiales por instituto y cinco representantes de cada delegación, designados por su Presidente. Las conclusiones votadas en minoría que reúnan por lo menos el 20% del total de votos emitidos, serán publicadas conjuntamente con la que ha obtenido mayoría.

 

Artíuclo 8° El país anfitrión podrá durante las sesiones de las comisiones organizar talleres o mesas redondas para el tratamiento de temas de interés relacionados con las ciencia de la hacienda pública y el Derecho Tributario.

Detalle de las Jornadas
  • Tema General I: “Los principios fundamentales del Derecho Tributario y su evolución en un mundo globalizado”. Relator General: PASQUALE PISTONE (Italia)
  • Tema General II: “Desafíos de la inteligencia artificial en el derecho tributario moderno”. Relator General: FERNANDO SERRADO ANTON (España)

Mails de contacto:yurivarela.iladt2024@portatax.cl-asistente.iladt2024@portatax.cl

XXXI Jornadas  ILADT – Guatemala, 15 AL 20 de noviembre de 2020

XXIX Jornadas  ILADT- Santa Cruz de la Sierra, Bolivia 6 al 11 de noviembre de 2016 

XXVIII Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario – México, 8 al 13 de noviembre de 2015 

XXVII Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario – Lima, Perú 31 de agosto y el 5 de septiembre de 2014 

Tema I: Tributación de la Economía Digital

Relator General: César García Novoa (España)

Relator por Argentina: N. Pablo Campagnale

Comunicador Técnico: Santiago Sáenz Valiente 

Tema II: La tutela judicial efectiva en materia tributaria

Relator General: Leonardo Palacios Márquez (Venezuela)

Relatora por Argentina: Gabriela I. Tozzini

Comunicante Técnico: Guillermina Gamberg 

XXX Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario – Montevideo, Uruguay, 5 al 9 de noviembre de 2018 

TEMA 1: Potestades en materia de ingresos y gastos públicos a distintos niveles de gobierno
Relator General: Enrique G. Bulit Goñi (Argentina).

Tema 2: Conjuntos económicos y conglomerados análogos. Tratamiento tributario según la normativa y el principio de sustancia vs. Forma
Relator General: Juan Antonio Pérez Pérez (Uruguay)

Seminarios
Durante el transcurso de las XX Jornadas se realizaron nueve (9) seminarios técnicos. Fueron representantes argentinos designados, los siguientes miembros AAEF.

Seminario 1: “Defensor de los Derechos del Contribuyente”
Osvaldo Flores (Argentina)
Seminario 2: “Tributación de los Instrumentos Financieros Derivados”
Panelistas: Ofelia Seoane (Argentina)
Seminario 3: “Evaluación Modelo Código Tributario América Latina”
Presidente:. Alberto Tarsitano (Argentina) – atarsitano@estudiobgyt.com
Seminario4: “ Precios de Transferencia – El uso de los comparables locales”
Juan Carlos Ferreiro (Argentina)
Seminario5: “Defraudación tributaria como precedente de lavado de activos”
Horacio R. Della Rocca (Argentina)
Seminario 6: “Tributación de la economía digital”
Seminario7: “Aplicación del Instrumento multilateral”
Seminario 8: “Precios de Transferencia – Principales temas de controversia entre la administración tributaria y el contribuyente”
Cecilia Ventura (Argentina)
Seminario 9: “Rol de los asesores tributarios en el escenario actual”
Miguel A. M. Tesón (Argentina)

 

TEMA 1: “Relaciones, discrepancias y conflictos entre normas tributarias y contables.”
Relator General: Pablo Sergio Varela (Argentina).

Tema 2: “Problemáticas actuales y nuevas fronteras de los medios de impugnación nacionales e internacionales”
Relator General: Pasquale Pistone (Italia)

Tema I: “Medidas nacionales para evitar la erosión de la base tributaria. ¿Influencia de BEPS en Latinoamérica?
Relator General : Dr. Miguel de Jesús Alvarado

Tema II: “Los retos de la fiscalidad internacional en Latinoamérica: ¿Convivencia de un tratado multilateral contra los convenios bilaterales para evitar la doble tributación?”
Relator General : Dr. Fernando serrano AntónTem

Tema I: La Responsabilidad Tributaria
Relator General: Dr. Luis Hernández Berenguel (Perú)
Relator Argentino: Dr. Jorge H. Damarco
Conclusiones Tema 1 
Tema II Las cláusulas antiabuso específicas y los Convenios de Doble Imposición
Relator General: Dra. Ma. Teresa Soler Roch (España)
Relator Argentino: Dr. Darío Rajmilovich
Conclusiones Tema 2
XXVI Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario – Santiago de Compostela, España 2 y 7 de Septiembre de 2012
Tema 1: Interpretación y aplicación de Convenios de Doble Imposición Internacional.
Relator General : D. Fernando Serrano Antón
Relator Argentino: Ricardo E. Riveiro
Tema 2: Tributación de intangibles.
Relator General: D. Heleno Taveira Torres
Relator Argentino: Maximiliano A. Batista
Más Información 

XXV Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario – Cartagena de Indias, Colombia del 14 al 19 de febrero de 2010

Tema I: Fusiones y Adquisiciones – Aspectos Internacionales
Relator General: Paul Cahn Speyer-Wells (Colombia)
Relator Argentino: Roberto O. Freytes
Tema II: Responsabilidad del Estado por Actos de contenido tributario.
Relator General: Adriano di Pietro (Italia)
Relator Argentino:  José O. Casás
Más Información

XXIV Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario, Isla Margarita, Venezuela 19 al 24 de octubre 2008

Tema I: La Elusión Fiscal y los medios para evitarla
Relator General: Prof. Oswaldo Anzola (Venezuela).
Relator Nacional: Dr. Jorge Héctor Damarco
Tema II: Los Principios Tributarios ante las nuevas formas de Imposición a la Renta
Relator General: Prof.Pasquales Pistone (Italia).
Relator Nacional: Dr. Luis Omar Fernández
XXIII Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario – Córdoba (Argentina) 22 al 26 de octubre 2006
Conclusiones de los temas I y II
50° Aniversario de las Primeras Jornadas de ILADT 
Detalles 
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¿Qué es el Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario?

La ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ESTUDIOS FISCALES es Miembro del INSTITUTO LATINOAMERICANO DE DERECHO TRIBUTARIO (ILADT) , institución privada de carácter civil que agrupa a especialistas en materia tributaria de origen latino.

Su surgimiento se remonta a mediados del siglo XX. La primera reunión tuvo lugar como consecuencia de una iniciativa del profesor Ramón Valdés Costa (Uruguay), quien convocó en una primera instancia a intercambiar ideas sobre los problemas tributarios a los colegas de los países vecinos (Argentina y Brasil); en virtud de la entusiasta aceptación que tuvo dicha iniciativa, la invitación se extendió a los especialistas que actuaban como profesores de la materia financiera y tributaria en las facultades latinoamericanas.

Fue así que en octubre de 1956 se reunió en Montevideo la primera Jornada Latinoamericana de Derecho Tributario, en la cual participaron delegados oficiales de diez universidades del área y de tres institutos dedicados al estudio del derecho tributario; estos últimos funcionaban desde hacía pocos años en los países del litoral atlántico de América del Sur.

En dicha Primera Jornada se resolvió, fuera de agenda, “declarar constituido el INSTITUTO LATINOAMERICANO DE DERECHO TRIBUTARIO”; la creación formal y definitiva del mismo se produjo en la Segunda Jornada que tuvo lugar en México en 1958, en la que se aprobaron sus estatutos, que se publican en esta obra con las modificaciones incorporadas en sucesivas jornadas.